jueves, 6 de diciembre de 2007

Día Internacional de los Derechos Animales


(El poder del hombre, el sufrimiento de los animales y el llamado a la piedad)

El 10 de Diciembre de 1948 los países fundadores de las Naciones Unidas aprobaron la Carta de Derechos Humanos para impedir que los horrores de la Segunda Guerra Mundial y sus campos de concentración se reprodujeran. Sólo mediante el reconocimiento sin concesiones de los derechos fundamentales de cada humano y humana habría alguna posibilidad de que semejantes tragedias no volvieran a repetirse. Así, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró que el respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona humana "son los fundamentos para la libertad, justicia y paz en el mundo".

Desde hace varios años, individuos, organizaciones y colectivos de todo el mundo recordamos que el espíritu de esta reivindicación ha de extenderse a los demás animales y que el Día Internacional de los Derechos Humanos debe ser el Día Internacional de los Derechos Animales, porque los humanos también somos animales, y porque ellos son hoy día víctimas en otros campos de concentración de un horror indescriptible y sin precedentes, víctimas que se cuentan por miles de millones cada mes. Creemos que este es un día para recordar que la libertad, la justicia y la dignidad no son términos que deban excluir a nadie; que el sufrimiento y el deseo de vivir no entienden de raza, clase social, sexo, ni por supuesto, tampoco de especie.

En 1975, treinta y siete años después de la declaración de derechos humanos de la ONU, y hace ahora ya más de tres décadas, se acuñó el término especismo para referirnos a la discriminación de los animales por motivo de especie. Al igual que el racismo o el sexismo, el especismo no tiene justificación posible. A pesar de ello, vivimos en sociedades especistas y esclavistas; en todos los países del mundo los demás animales son considerados propiedades de los humanos y sus intereses no tienen ningún valor; el valor de sus vidas viene determinado por el precio que marca el mercado. Las reformas legales en este marco social no pueden acabar con la injusticia que padecen. No podremos conseguir derechos para los demás animales mientras sigamos pensando de la misma forma, mientras nos alimentemos con sus cadáveres, mientras nos vistamos con sus pieles, experimentemos con ellos o nos entretengamos a su costa. Los animales no son comida, no son vestimentas, no son objetos de laboratorio, ni entretenimientos. Los demás animales no son recursos a nuestra disposición sino seres con intereses propios que merecen respeto y protección, el mismo respeto y protección que acordamos entre humanos.

Desgraciadamente, los demás animales son vistos como meras propiedades que podemos utilizar con algunas condiciones. Modificar estas condiciones no hará que dejen de ser considerados propiedades y puedan tener derechos, tan sólo establecerá un nuevo modo, una reforma, en cómo utilizarles. Debemos recordar que nuestra lucha no es sólo por aquellos animales con quienes convivimos ni contra quienes maltratan a éstos. Nuestra lucha es por la abolición de toda utilización animal, de todos los animales, y no nos conformaremos con menos que esto.

En 1641 en Massachusetts se promulgó la primera ley de bienestar animal del mundo, 366 años de reformas más tarde, podemos afirmar que reformar una injusticia es perpetuar dicha injusticia. Las leyes no liberarán a los animales, ni son ellas las que los someten, somos sólo cada uno de nosotros y nosotras quienes tenemos tal poder, y somos cada uno de nosotros y nosotras quienes tenemos que liberarles. El fin de la explotación animal requiere que nos involucremos, que tomemos partido ante esta injusticia, que no deleguemos en otros esta tarea, que no permanezcamos pasivos ante ella y que mostremos nuestro rechazo de forma clara y directa. El fin de la esclavitud animal empieza por nosotros mismos, oponiéndonos a su utilización, adoptando un estilo de vida vegano, y aplicando así en nuestras vidas esa abolición que deseamos, construyendo de esta forma un mundo más justo para todos y todas.

Sólo depende de nosotros y nosotras que esta situación cambie, porque desgraciadamente ellos no pueden hacerlo, no pueden estar aquí ahora porque están encerrados en naves ganaderas, confinados en piscifactorías, en laboratorios, en las antesalas de los mataderos o en los camiones que les llevan hacia ellos. Están siendo mutilados, separados de sus familias, asesinados, en definitiva, masacrados… Ellos no pueden reclamar con sus propias voces lo que es justo pero nosotros sí podemos hacerlo. No moriremos por alzar la voz por ellos, pero ellos sí morirán si no lo hacemos.




DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES


ADOPTADA en 1977 por la Liga Internacional de los Derechos del Animal

y proclamada en 1978.
Posteriormente fue aprobada por la UNESCO y por la ONU.

EL ESPÍRITU DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LAS DERECHOS ANIMALES


La Declaración Universal de los Derechos de los Animales fue proclamada solemnemente el 15 octubre de 1978, en la casa de la UNESCO en París. La declaración constituye una postura filosófica en la relación que debe establecerce ahora entre la especie humana y las otra especies. La filosofía se funda en conocimiento científico moderno y expresa el principio de la igualdad de la especie con respecto a vida. En el umbral del siglo XXl, provee a la humanidad de un código de ética biológico. La igualdad universal no es un nuevo concepto; se ve en las civilizaciones que anteceden la civilización occidental y en las religiones que difieren totalmente de la tradición de Judeo-Cristiana. Pero ésta ética necesitaba establecerse clara y firmemente en el mundo de hoy que ha sufrido ya considerable desorganización, que está constantemente amenaza con la destrucción, la violencia y la crueldad.

Mientras que la humanidad ha logrado gradualmente establecer un código de derechos para su propia especie, ésta no retiene ningun derecho especial sobre el universo, siendo, de hecho, solamente una de las especies de animales sobre el planeta y una de las más recientes. La vida no pertenece a la especie humana; y el ser humano no es ni el creador ni el dueño exclusivo de la Vida. La vida pertenece igualmente a los peces, insectos, mamíferos, pájaros y hasta las plantas. En el mundo viviente el ser humano ha creado una jerarquía arbitraria que no existe en la naturaleza y que sólo toma en cuenta las necesidades de la raza humana. Esta jerarquía antropocéntrica ha dado pie al racismo (specism; ³especismo²). ie: la adopción de actitudes diferentes para especies diferentes, destruyendo unas, mientras protege otras, declarando algunos como "útiles" y otras como "pestes" o "fieras", reservando el término "inteligencia" para la especie humana, mientras a los animales se otorgan meramente "instintos".

El racismo (specism; ³especismo²) es lo que llevó al ser humano a cree que los animales no experimentan dolor de la manera que lo experimentan los humanos. Hoy queda bastante claro que los animales sí experimentan sufrimiento físico de la misma manera que los humanos, y que el pensamiento animal, relacionado a la presencia de un sistema nervioso central, es mucho más complejo que lo que la neurociencia había sugerido anteriormente, que por lo tanto ésto significa que los animales también experimentan sufrimiento mental.

La Declaración Universal de los Derechos de los Animales está diseñada para ayudar a la humanidad a restaurar la armonía en el universo. No está diseñada para revivir el estilo de vida de tribus primitivas. Es una etapa durante la cual los humanos llegarán a respetar la vida en todas sus formas, para el beneficio de la comunidad biológica entera a la que la humanidad pertenece y sobre la cual que depende.

La Declaración Universal de Derechos Animales no está destinada a ser una desviación o distracción a la lucha contra el sufrimiento y la pobreza humana, tanto mental como física, contra el egoísmo desenfrenado, la tortura y el encarcelamiento político. Todo lo contrario. El sentir respeto por los derechos de los animales, tendrá como consecuencia el respecto a los derechos humanos, siendo ambos inseparables.

La Declaración Universal de Derechos Animales provee a la humanidad con una filosofía, un código de ética biológica y un código de comportamiento moral que, cuando se le de cuidadosa consideración, y cuando se despierte una conciencia genuina, la raza humana reanudará su posición apropiada entre las diferentes especies, viviendo como parte del balance de la naturaleza, siendo éste el requisito previo básico para la misma supervivencia de la especie humana. Esto significa que la especies humana tendrá que cambiar el desenfreno y actitudes actuales antropocentristas, así como también todo las formas de zoolatría, para adoptar un modo de comportamiento y un código moral con base en la defensa de la Vida, dando precedencia al biocentrismo.



Bases Biológicas de la Declaración Universal de Derechos Animales


Con tales ambiciones, la Declaración Universal de Derechos Animales constituye una etapa clave en la historia de la inteligencia humana y de las consideraciones morales.

Los conceptos éticos contenidos en la Declaración Universal de los Derechos de los Animales se basan en tres factores claves que han surgido con los recientes descubrimientos en la ciencia de la biología moderna, la genética molecular, genética poblacional, ecología, neurofisiología y etología.

1. En el campo de genética molecular se ha mostrado que como todo, las especies animales se han hecho con las mismas materias encontradas en un código genético universal, ellos tienen un origen común y se relacionan por lo tanto con uno otro. Esto incluye la especie humana.

2. La ecología y la ciencia poblacional han dado a conocer un nivel alto de interdependencia entre especies e individuos; esta interdependencia opera dentro de un sistema vivo y extenso, que es la comunidad biológica global. Estos campos de ciencia también explican que el balance dinámico de este sistema complejo se funda enteramente sobre la diversidad de los elementos constitutivos, así como de los genéticos, al igual que la diversidad genética y el comportamiento diverso de las especies, como la diversidad genética del comportamiento de los individuos se expresan dentro de un marco de la diversidad geo-climática de los diversos ambientes de la vida.

3. Enfrentado con las muchas y variadas maneras en que animales perciben, actúan y reaccionan a su ambiente, ambas la neurofisiología y la etología han dado a conocer bases comunes que guían los diferentes tipos de comportamiento y que rigen las relaciones entre las especies animales diferentes, ya sea éste comportamiento instintivo, memorizado o aprendido. Los mismos campos de estudio científico han mostrado que los animales sufren de hecho. El sufrimiento ocasiona, o una respuesta motora (corriendo lejos), o una conducta de réplica (llanto, gritos, defensa propia) o una respuesta autónoma (úlcera neurogénica); puede también ser expresada por serias perturbaciones de conducta, (postración, auto-mutilación, agresividad permanente). La sensibilidad para el dolor y la capacidad para reaccionar a éste como un intento para neutralizar el dolor o eliminar la causa, son mecanismos básicos y difundidos y puede inferirse que ellos primero aparecieron en una etapa muy temprana en la evolución del mundo animal.

Las ciencias que estudian la Vida han demostrado que hay, unidad extrema en el mundo viviente, que significa que la comunidad biológica o la biosfera es un sistema coherente y la diversidad extrema en las formas y capacidades de las especies e individuos. Este es el combustible básico para la evolución que la usa como recurso requerido para que mantenga su ímpetu propio. Todos las especies y todos los individuos, mediante su originalidad, contribuyen a la estabilidad dinámica de la biosfera y por ende a la supervivencia de todos los componentes. Cada especie y cada individuo por lo tanto tienen derechos naturales para vivir con dignidad.
La especie humana ha tomado a su cargo la gestión de la economía biológica para toda la biosfera, pero ésto ha sido logrado imponiendo una jerarquía de especies e individuos, definido exclusivamente desde el punto de vista de las capacidades de un grupo cultural que se cita como punto de referencia.

La domesticación totalitaria de la Naturaleza por el ser humano ha sido efectuada por una unificación forzada, con todo el consecuente dolor, sufrimiento y matanza. Tarde o temprano, inevitablemente constituirá una amenaza a la evolución y a la misma existencia total de la biosfera. Esta fatalidad es particularmente seria pues es imposible determinar el momento exacto en que el balance será irreversiblemente comprometido.

Es por lo tanto responsabilidad del ser humano respetar la Vida en todas sus formas. Este respeto debe expresarse tanto para la unidad como para la diversidad de todos los seres vivientes y también para la dignidad de todos los animales. Debe ser el producto de una pacífica pero continua batalla, con el objeto de reducir el sufrimiento y el dolor en la comunidad biológica al que el ser humano pertenece y sobre el cual él depende. Este respeto a la Vida puede únicamente lograrse mediante un programa eficiente de educación a la sociedad fundado en unas sólidas bases morales, legales y científicas.

Ya que el conocimiento cognitivo y la cultura se ven como atributos puramente humanos, es por lo tanto razonable inquirir las bases y las limitaciones de los derechos afirmados por un individuo o grupo de individuos en la relación otros humanos. Ya ahora es altamente legítimo desafiar los derechos que el hombre se ha asignado a sí mismo, otorgándose a sí mismo autoridad sobre el sufrimiento y la vida animal para satisfacer deseos que distan grandemente de sus necesidades nutritivas básicas



DERECHOS INTERNACIONALES DE LOS ANIMALES aprobados por la ONU y la UNESCO

(JUVAN no se declara partidario de todas las declaraciones expuestas en los derechos internacionales de los animales, debido a que muchos articulos son de caracter bienestarista por lo que aceptan la explotacion y muerte de animales. JUVAN se declara abolisionista, por esto, tras cada articulo considerado bienestarista se incluyen comentarios respecto a estos.)


ART.1º

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.


ART.2º

A) Todo animal tiene derecho al respeto
B) El ser humano, como especie animal, no tiene derecho de exterminar o explotar a otros animales violando este derecho. El ser humano tiene obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
C) Todos los animales tienen derecho a la atención, los cuidados y la protección por parte del ser humano.

ART.3º

A) Ningún animal será sometido a malos tratos y se establece la prohibición de actos crueles sobre los animales.
B) En caso de que la muerte del animal sea necesaria, esta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Nota de JUVAN: Entendiendo por necesario a aquello que no puede ser realizado de otra forma y siempre que no se pase a llevar el articulo 1 ni el articulo 2.


ART.4º

A) Se establece el derecho a la libertad de los animales salvajes y el derecho de los domésticos a vivir y crecer al ritmo y las condiciones propias de su especies y a vivir en su medio ambiente natural, ya sea terrestre, aéreo ó acuático, a reproducirse y a cumplir su ciclo natural de vida.
B) Toda privación de libertad, aunque sea con fines educativos, es contraria a este derecho.
C) Toda modificación de dichos ritmos o condiciones, si es impuesto por el ser humano con fines mercantiles es contraria a este derecho.

ART.5º

A) Todo animal escogido por el hombre como compañero tiene derecho a que la duración de su vida esté de acuerdo con su longevidad natural.
B) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

ART.6º

Todo animal de trabajo tiene derecho a limitar su tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación adecuada y al reposo.

Nota de JUVAN: utilizar a los animales como fuerza de trabajo representa una violacion a los articulos 2,3 y 4; debido a que no se respeta la libertad del animal, los animales no tienen la capacidad de decidir el realizar algun trabajo por lo que siempre seran obligados a hacerlos de una u otra forma. Esto representa un acto cruel de esclavitud que debe ser abolido, por esto si se utilizan animales no racionales estos deberian ser liberados.

ART.7º

A) Se condena la experimentación científica con animales que implique un sufrimiento tanto físico como psicológico, es totalmente incompatible con los derechos del animal, ya se trate de experimentos médicos, científicos, comerciales o de cualquier naturaleza.
B) Deben ser utilizadas y desarrolladas técnicas alternativas a la experimentación animal.

ART.8º

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, alojado, transportado y sacrificado sin que ello le produzca ansiedad o dolor.

Nota de JUVAN: este articulo va absolutamente en contra del articulo 1, 2, 3, 4. Debido a que se estan utilizando animales (esclavitud), se viola el principio de igualdad (el mismo derecho a vivir que los demas animales, siendo el ser humano tambien animal), y esto implica una exterminacion y explotacion de los animales por parte del ser humano. Por lo tanto todo uso de animales con fines de alimentacion debe ser abolida.

ART.9º

A) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del ser humano.
B) Se prohíben los espectáculos y exhibiciones incompatibles con la dignidad del animal.

ART.10º

Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben ser prohibidas en el cine y la T.V. salvo si sirven para mostrar los atentos contra los derechos de los animales.

ART.11º

A) Todo acto que conlleve la muerte innecesaria de un animal es un crimen contra la vida, es decir un biocidio.
B) Todo acto que conlleve la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
C) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
D) Un animal muerto debe ser tratado con respecto.

ART.12º

Se entiende como animal de compañía todo aquel mantenido por el hombre, principalmente en su hogar, por placer y compañía sin que exista actividad lucrativa ninguna.

Nota de JUVAN: un animal de compañía, debe ser aquel que ha sido adoptado por un ser humano para resguardar su vida, protegerlo, y convivir con el en base al amor y al respeto; y no en funcion del placer. Ademas enunciar a la especie humana como hombre representa un lexico sexista por lo que deberia referirse directamente a la especie humana.


Se recomienda a todos los estados que establezcan leyes que defiendan estos derechos. Los organismos para la protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental.
Los derechos del animal, al igual que los del hombre, deben ser defendidos por la Ley.

Informacion extraida de:
www.igualdadanimal.org
www.animalweb.cl



(Los animales del mundo existen por sus propias razones. No fueron hechos para los humanos, de igual forma que la gente de color no fue hecha para los blancos, ni las mujeres para los hombres. Alice Walker.)